EDITORIAL

Ley de Acceso a la Información Pública

Ley de Acceso a la Información Pública

Es de esperar que el presidente del Estado tenga la capacidad de parar esta ofensiva sin sentido, que sólo servirá para tapar los casos de corrupción

La difusión del proyecto de Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública que el Órgano Ejecutivo ha remitido a la Asamblea Legislativa ha alertado a amplios sectores de la sociedad por ser una propuesta que restringe, más bien, el acceso a dicha información y puede convertirse en un instrumento que garantice la corrupción.
Se debe recordar que la demanda por una norma de esta naturaleza es de antigua data. En el país, la campaña tuvo relativo éxito y en el gobierno de Carlos Mesa se aprobó un decreto supremo garantizando este acceso y estableciendo como principio fundamental la transparencia en la administración pública, salvo en temas que afecten la seguridad nacional, previa promulgación de una ley estableciendo esa restricción mediante el procedimiento constitucional en vigencia.
Ahora, el Órgano Ejecutivo pretendería restringir la información “que ponga en riesgo la seguridad y defensa del Estado interna o externa; la referida a acciones estratégicas sobre recursos naturales; a la salud, intimidad o privacidad de las personas; la que ponga en peligro la vida, integridad de las personas; la protegida por el secreto profesional; información respecto a estudios de impacto ambiental; información estratégica en nivel de competitividad comercial de las empresas del Estado o en las que tenga mayoría del patrimonio; aquella cuya divulgación implique riesgo inminente para la estabilidad, su economía, sus recursos o el interés público”.
Quienes infrinjan estas restricciones serían procesados penalmente y es también el Órgano Ejecutivo quien define la confidencialidad, y no por ley.
Es decir, se ha elaborado en el Ministerio de Transparencia y Lucha contra la Corrupción un proyecto de ley que ayudará a que la impunidad siga reinando en el país. Basta observar que una serie de actos de corrupción en las empresas estatales fueron descubiertos por el azar o la investigación periodística, hechos que no podrán ser difundidos de ser aprobada esta norma. Especial atención merece aquello de no poder difundir los estudios de impacto ambiental, en tiempos de construcción de carreteras a través de parques nacionales o tareas de exploración y producción de hidrocarburos y minerales.
Probablemente habrá quien justifique limitar el derecho de la ciudadanía a conocer en forma transparente cómo se administran los negocios públicos, incluso por parte de quienes antes eran importantes activistas en favor de ampliar este derecho. Es por eso que preocupa aún más el interés del oficialismo porque se apruebe esta norma que viola el principio de que los funcionarios públicos deben dar cuenta de sus actos y retrotrae las prácticas autoritarias de las dictaduras militares del pasado en tiempos en los que, además, la revolución tecnológica puede ayudar a hacer más transparente y más eficiente la gestión pública.
Es de esperar que el presidente del Estado, que ha hecho de la lucha contra la corrupción una de sus más importantes banderas, revise esta propuesta y tenga la capacidad, como lo hizo con el inconstitucional proyecto de ley de Extinción de Bienes a Favor del Estado, de parar esta ofensiva sin sentido, que sólo servirá para tapar los casos de corrupción.