La información en curso
La información en curso
Jaime D’mare C..- La propuesta gubernamental del Ministerio de Transparencia, de evitar la difusión de la “información en curso” no sólo afecta los principios y el orden jurídico establecido, sino que contradice postulados constitucionales (Art. 137), ya que ni siquiera en estados de excepción, como los casos de peligro para la seguridad del Estado, externa o interna, se pueden suspender las garantías de los derechos, de los derechos fundamentales, como es el caso del derecho a la comunicación y el derecho a la información (Arts. 106 y 107). Por tanto, la intención ministerial, peca de inconstitucional y desconoce nuestro ordenamiento jurídico.
Mucho peor. Sobrepasa las atribuciones presidenciales. La Constitución faculta sólo al Presidente o Presidenta la declaración de Estado de excepción, prohibiéndole suspender –en ningún caso–, las garantías de los derechos, “ni de los derechos fundamentales, el derecho al debido proceso, el derecho a la información y los derechos de las personas privadas de libertad”.
Si el Presidente del Estado Plurinacional no puede suspender las garantías fundamentales por orden constitucional, ¿cómo es que un ministro o una ministra se atreven a intentar hacerlo?
Hay cuestiones que uno no entiende bien, o por el contrario, entiende muy bien. ¿Un subalterno tratando de disputarse las prerrogativas presidenciales?, o ¿las intenciones de ocultar algo caliente que quema las manos de quienes administran el poder circunstancial?
Hay quienes sospechan que la propuesta ministerial, cae justo cuando el periodismo estaba por desentrañar la misteriosa desaparición de 119.800 dólares confiscados a una contrabandista, dineros que no se sabe dónde fueron a parar. En los gobiernos dictatoriales, en muchos casos, los dineros confiscados, especialmente al narcotráfico, en parte iban a los bolsillos de funcionarios corruptos y en otra, a alimentar los aparatos propagandísticos y a subvencionar sus aparatos de choque de la época.
Aun si se tratara de desviar la atención sobre dicha desaparición con instrucciones judiciales prohibiendo informar sobre el curso de dicha desaparición, que técnicamente se trata de una “información en curso”, es también una franca violación constitucional, porque contradice los principios de “publicidad” (Art. 178) sobre los que está asentada la potestad de impartir justicia por los administradores de nuestro ordenamiento jurídico.
Es muy complicado y complejo entender la manera de cómo practica la política el oficialismo en medio de contradicciones, absurdas por cierto. Mientras el al Presidente del Estado Plurinacional se esfuerza por reclamar en todos los foros que puede el ejercicio de plena soberanía, sus funcionarios y colaboradores hieren la soberanía atacándola en su base principal; la información. Sin información no hay pueblo soberano.
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