PLAZO. El contribuyente tiene 20 días para que su recurso sea admitido por la AIT.
EN LA OFICINA REGIONAL DE CHUQUISACA
AIT resuelve 188 causas y tiene cero mora procesal
AIT resuelve 188 causas y tiene cero mora procesal
En el país esta institución atendió 1.248 impugnaciones de enero a julio
Álvaro Valdez
La Autoridad de Impugnación Tributaria (AIT), regional Chuquisaca, resolvió 188 causas en lo que va del año y hasta diciembre superará la cifra de 200 que fue alcanzada en 2012.
La directora Regional de la AIT, Claudia Cors, explicó que “el trabajo se incrementó debido a la confianza de los contribuyentes de acudir a esta vía de impugnación, porque saben que lo que se resuelve en esta instancia es de forma independiente, especializada e imparcial”.
La tendencia a la alta que se registra tiene que ver también con el corto tiempo en que se resuelven los casos. “El plazo fatal que tenemos para resolver, luego del término de prueba, es de 40 días que se cumplen de forma sagrada”, remarcó Cors.
Asimismo, la Directora Regional indicó que el Código Tributario establece que el recurso debe ser interpuesto hasta 20 días después de conocida la notificación al contribuyente con el acto de la administración tributaria.
“Cuando las personas no cumplen con ese requisito desde luego que se rechaza el recurso, pero los rechazos generalmente son excepcionales”, remarcó.
Cors precisó que una vez recibido el memorial, la AIT tiene cinco días para admitir o rechazar. “Si consideramos que hay errores salvables en la presentación de un recurso se pide que subsane al recurrente, y si cumple con la subsanación nosotros admitimos el recurso”, afirmó.
A NIVEL NACIONAL
Entre 2011 y 2012, los recursos jerárquicos resueltos por la AIT crecieron en un 75.78%, de 702 a 1.234. Y según el director ejecutivo de esta entidad, Ernesto Mariño, se estima que la cifra llegue a 2.000 en 2013.
“Hablando de las impugnaciones que se han realizado en nuestras autoridades regionales, estamos hablando que de enero a julio de este año son 1.248 a la fecha (...). Nuestra proyección para fin de año es pasar los 2.000 casos resueltos”, dijo Mariño al periódico digital Oxígeno.
Los contribuyentes del Servicio de Impuestos Nacionales (SIN), de la Aduana Nacional de Bolivia (ANB) y de los Gobiernos Municipales tienen dos opciones para realizar una impugnación tributaria: la administrativa que se hace mediante la AIT y la judicial a través del Órgano Judicial.
Incremento
75.78% es el crecimiento de recursos jerárquicos resueltos entre 2011 y 2012 por la Autoridad de Impugnación Tributaria en el país.
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