REGULACIÓN. La nueva normativa busca regular las tasas de interés en la banca.
HABRÍA CONFORMIDAD EN ASOBAN
Evo promulgará la Ley de servicios financieros
Evo promulgará la Ley de servicios financieros
La norma será reglamentada en los siguientes tres meses por entidades estatales sin considerar la participación de privados
La Paz/ANF
La Ley de Servicios Financieros será promulgada por el presidente Evo Morales mañana; la nueva norma regirá en adelante los destinos de las entidades de intermediación financiera y, en los siguientes tres meses, verá plasmada su reglamentación.
Luego que el 5 de agosto la Ley hubiera sido sancionada por la Cámara de Diputados, el viceministro de Pensiones y Servicios Financieros, Mario Guillén, confirmó que mañana el Presidente la promulgará.
"En realidad hemos atendido la demanda de ellos (ASOBAN); el Presidente se ha reunido con ellos, ha atendido sus demandas y, en función de eso, hemos hecho modificaciones, que es lo que se ha aprobado en la Asamblea Legislativa", aseveró el Viceministro.
Consultado sobre si el sector de la banca privada está conforme con las modificaciones, el viceministro Guillén respondió que así es efectivamente. “Con ellos el presidente ha tenido una última reunión, donde ya han consensuado y ellos han dado una conferencia de prensa donde han dicho que ya estaban de acuerdo con la ley", complementó.
Sin embargo, ratificó que en el tema de la fijación de tasas de interés para los sectores productivos y de vivienda –sobre la cual la Asociación de Bancos Privados de Bolivia (ASOBAN) manifestó observaciones– "es algo que no íbamos a negociar". "En ese sentido, dentro de lo que se ha podido negociar al final, el Presidente ha llegado a los acuerdos últimos", aseveró Guillen.
LA REGLAMENTACIÓN
De acuerdo a la nueva norma en los siguientes tres meses el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, junto al Banco Central de Bolivia (BCB), y la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) deben reglamentar la Ley sin participación del sector privado, al cual sólo se le informará de las determinaciones anunciadas, según dijo con anterioridad el Viceministro de Pensiones y Servicios Financieros.
En el caso de las Mutuales de ahorro y préstamo para vivienda, en los siguientes dos años debe adecuar su funcionamiento como Entidades Financieras de Vivienda, ello con el aditamento de que su capital, en adelante será societario, además que la ASFI tendrá potestad para reemplazar a sus administradores.
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