EDITORIAL

Las empresas de las FF.AA.

Las empresas de las FF.AA.

Si el caso del TAM no es una excepción sino la regla, urge que la labor fiscalizadora del Estado se extienda a todas las empresas castrenses

Una serie de noticias que durante las últimas semanas han llamado la atención sobre la peculiar relación entre la empresa aeronáutica Transporte Aéreo Militar (TAM), las Fuerzas Armadas de la Nación y el Estado boliviano a través del Ministerio de Obras Públicas, el Servicio de Impuestos Nacionales, la Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes (ATT) y la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC), han puesto en primer plano de la agenda pública nacional la urgente necesidad de introducir alguna fórmula de regulación de las actividades empresariales que la institución militar realiza fuera de la misión institucional que le asigna la Constitución Política del Estado.
En efecto, el tema ha adquirido especial relevancia desde que a fines del pasado mes de julio el SIN anunciara su decisión de hacer efectivo el cobro de una deuda por concepto de impuestos que el TAM se rehúsa a cancelar, y desde que el ministro de Economía y Finanzas Públicas saliera a la palestra no sólo para respaldar la demanda de la entidad recaudadora, sino también para exigir que se respete la decisión de asignarle un nuevo Número de Identificación Tributaria (NIT), de modo que la empresa aerocomercial se sujete a las normas vigentes en el país.
El tema, que en circunstancias normales no debería merecer más atención que la que corresponde a asuntos rutinarios, fue adquiriendo relevancia debido a la intención manifiesta de los mandos gerenciales castrenses de desacatar las instrucciones provenientes de las autoridades correspondientes. Peor aún cuando simultáneamente salieron a luz otras irregularidades, como el hecho de que el TAM habría estado operando sin someterse a la supervisión, control y regulación de la DGAC y la ATT, como mandan no sólo las leyes vigentes en nuestro país sino convenios internacionales de cumplimiento obligatorio.
Según reveló la prensa en los últimos días, además del TAM, las FF.AA. tienen a su cargo la administración de unas 15 empresas (aunque no todas se mantienen en funcionamiento) dedicadas a rubros tan diversos y ajenos a la actividad militar como el transporte de carga, la hotelería, la educación, producción de caña de azúcar o el ensamblaje de vehículos, entre otras actividades productivas, comerciales y de servicios.
De todas esas empresas, según opinión de expertos en la materia, las únicas que tienen alguna relación con la actividad militar son la Fábrica de Explosivos (Fanexa) y la Fábrica de Municiones (FBM), pero en un nivel tan precario que ni de lejos se aproximan a industrias militares de países vecinos que ya se plantean retos tan altos como la fabricación de sus propios aviones.
Entre los muchos cuestionamientos a los que tal situación se presta, sin duda el más importante es el relativo a la falta de fiscalización y de control social en las actividades empresariales de las FF.AA. Por lo que se sabe, lejos de ser una excepción el caso del TAM sería la regla, lo que obligaría a las reparticiones estatales a actuar con las demás empresas castrenses con la misma severidad. Es de esperar que así sea, pues a nadie beneficia que se mantenga una sombra de duda sobre el rigor con que la institución militar maneja sus asuntos empresariales.