DEMORA. Los juzgados penales en los tribunales departamentales están atosigados de causas.
PARA SOLUCIONAR EL PROBLEMA DE LA RETARDACIÓN DE JUSTICIA
Amabol exige cambiar códigos antes que amenazar a los jueces
Amabol exige cambiar códigos antes que amenazar a los jueces
Los jueces tienen esperanza en que el nuevo Código agilice el procedimiento
Sucre/CORREO DEL SUR
La retardación de justicia no se solucionará llevando a la cárcel a los jueces tal como propone el vicepresidente Álvaro García Linera; hay que cambiar el sistema procesal penal que da lugar a las dilaciones a través de la demora en las notificaciones, publicación de edictos, memoriales escritos que hacen pesado el procedimiento, según la Asociación de Magistrados de Bolivia (AMABOL).
Es una dilación natural que el propio sistema en vigencia lo permite y no se puede responsabilizar a los funcionarios del Órgano Judicial, aseguró ayer el presidente de la AMABOL, César Suárez.
“La intención de endurecer la ley para sancionar a los jueces que incumplan plazos en los procesos judiciales es un razonamiento erróneo porque la misma norma establece la frecuencia de plazos y la pérdida de competencias; si alguien incumple plazos se habilita el ámbito disciplinario”, aseguró.
Advirtió que el Gobierno pretende imponer sanciones o establecer nuevos delitos contra los jueces que incumplan plazos, cuando el régimen disciplinario determina las sanciones en caso de incumplimiento de plazos e incluso el juez pierde su competencia.
Suárez sostiene que el nuevo Código Procesal Penal pretende evitar las posibilidades de dilación del proceso cambiando los mecanismos de notificación, la conformación de jueces ciudadanos y la audiencia conclusiva. Agregó que normalmente las audiencias se suspenden por falta de notificaciones, ausencia de las partes, declaración de rebeldía y otras actuaciones propias del sistema.
Adelantó que el nuevo Código Procesal Penal que está en análisis en la Cámara de Diputados pretende un proceso más ágil, primero acortando de seis a tres meses la fase investigativa. Habrá notificaciones sólo al inicio del proceso hasta la imputación y al final en sentencia; después todas las notificaciones se practicarán en audiencia y en el juzgado por iniciativa de los abogados de las partes.
Lo que no se cambia es el procesamiento en rebeldía en caso de corrupción tal como establece la ley 004; en los demás delitos se interrumpe el juicio.
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