EDITORIAL

La nueva ley para las empresas públicas

La nueva ley para las empresas públicas

Más allá de lo que mande la nueva ley, lo que se espera de las empresas públicas es que sea en los hechos que den muestras de eficacia y transparencia

La nueva Ley de la Empresa Pública, promulgada el pasado jueves, ha sido presentada por las principales autoridades gubernamentales como el inicio de una nueva etapa en la historia económica de nuestro país. Una etapa en la que se consolide y vaya ampliando paulatinamente la participación del Estado como protagonista principal en las actividades productivas.
De lo que se trata, según quienes tienen actualmente en sus manos la conducción de la economía nacional, es de dar un nuevo impulso al proceso iniciado durante los últimos ocho años, de modo que la participación estatal en la economía, que ha ido creciendo hasta llegar hasta el 35 por ciento actual, se vaya ampliando pero no a costa de la estatización de las empresas privadas ya existentes sino de la paulatina expansión del sector público mediante nuevos emprendimientos.
Los primeros cuestionamientos que se han hecho a tales propósitos se basan en lo relativamente frescas que todavía están en la memoria nacional experiencias como las de la Corporación Boliviana de Fomento o, más recientemente, las de las empresas estatales creadas durante los últimos años con muy pobres resultados. Experiencias ajenas, como la cubana o venezolana, tampoco ayudan a despejar las dudas que suelen pesar sobre la eficiencia de las empresas estatales.
Según quienes elaboraron la nueva ley, es precisamente para evitar que esas frustraciones se repitan que se creará un Consejo Superior Estratégico de las Empresas Públicas (Coseep), cuerpo colegiado que tendrá la atribución de definir lineamientos generales para la gestión empresarial pública en torno al régimen de financiamiento, administración de bienes y servicios, planificación pública empresarial, distribución de utilidades, régimen laboral y política salarial.
Uno de los elementos centrales de la nueva ley, que es también uno de los que más cuestionamientos ha recibido, es el relativo a la flexibilización de las normas de control de las compras y contrataciones que se efectúen en las empresas públicas, pues se considera que los procedimientos actualmente vigentes, como la Ley Safco, son excesivamente burocráticos y morosos, lo que quitan la agilidad que se requiere a la hora de tomar decisiones.
Para sustituir los procedimientos de control hasta ahora aplicados, la nueva ley dispone la creación de una oficina técnica a cargo de la Contraloría General del Estado (CGE), justificando tal disposición en la necesidad de que sea una instancia externa e independiente la que tenga a su cargo las tareas de fiscalización. Buena intención que resulta relativizada por la realidad, si se considera que la CGE, por lo menos hasta ahora, ha sido reducida a la condición de una repartición más del Órgano Ejecutivo y privada de toda independencia e institucionalidad.
Dados los antecedentes del tema, resultan comprensibles las suspicacias con que el nuevo instrumento legal ha sido recibido. Para despejarlas, más que declaraciones de buenas intenciones, lo que se espera de las autoridades gubernamentales, y sobre todo de quienes tienen a su cargo la conducción de las empresas estatales ya establecidas, es que den muestras claras de eficiencia y transparencia. De otro modo, se corre el riesgo una vez más de que lo que manda la ley quede sólo en el plano de las buenas intenciones.