Viernes, 10 de enero de 2014
 

ACTO. El presidente Evo Morales entrega la norma al presidente de la FAM, Juan Carlos León.
ACTO. El presidente Evo Morales entrega la norma al presidente de la FAM, Juan Carlos León.

FUE PROMULGADA POR EL PRESIDENTE EVO MORALES

Nueva ley apunta a evitar golpes de Estado a alcaldes

Nueva ley apunta a evitar golpes de Estado a alcaldes



La norma también suple a las Cartas Orgánicas que aún no están vigentes en el país

Agencias

La Ley de Gobiernos Autónomos Municipales, promulgada ayer por el presidente Evo Morales, se plantea como un instrumento legal que evitará los "golpes de Estado" municipales, pues protege a los alcaldes de probables conflictos de gobernabilidad.
"Con esta ley se acaban los golpes municipales", destacó Morales al señalar que existen municipios donde los concejales se unen para derrocar al Alcalde elegido por voto popular, lo que provoca no sólo una pelea entre los órganos Ejecutivo y Legislativo municipal, sino, sobre todo, un daño a la población.
Mediante la norma se establece que un Concejo Municipal "no puede destituir al alcalde o la alcaldesa"; para una eventual renuncia tiene que ser éste quien presente la misma ante el Concejo Municipal y el Órgano Electoral.
"Cualquier renuncia debe hacerse de manera personal ante el Concejo y ante el Órgano Electoral para evitar muchos actos donde hemos visto que concejales mujeres, y alcaldes y alcaldesas son retenidos y obligados a firmar su renuncia", explicó la ministra de Autonomías, Claudia Peña, quien precisó que sólo en 2013 existieron 20 conflictos de gobernabilidad en todo el país.


AUTONOMÍA DE GESTIÓN
Peña precisó que la norma establece la "separación administrativa de órganos", es decir, del Ejecutivo y del Legislativo municipal.
Actualmente existe cierta dependencia del Alcalde con el Concejo, lo que genera una suerte de trabas, por ejemplo, en actos de fiscalización. "Es el alcalde o la alcaldesa quien firma los contratos de técnicos, asesores o para la compra de equipos materiales para el Concejo (…). Hemos visto en varias ciudades capitales, como la ciudad de La Paz, que cuando el Concejo Municipal hace una verdadera fiscalización, ese alcalde corta los recursos del Concejo Municipal y condiciona el trabajo de esos representantes y no pueden fiscalizar", precisó.
La separación administrativa será únicamente para aquellos municipios que tengan una población mayor a los 50.000 habitantes de acuerdo al último Censo Nacional de Población y Vivienda.


NORMA SUPLETORIA
Por otra parte, la ley es una norma supletoria a las Cartas Orgánicas, pues hasta que los municipios no aprueben estas "pequeñas Constituciones", enmarcarán sus acciones a las disposiciones establecidas en la promulgada ley.
De los 339 municipios existentes, alrededor de 90 acabaron la redacción de sus Cartas Orgánicas y las enviaron a consulta al Tribunal Constitucional, por lo que, todavía, no existe vigencia de ninguna Carta Orgánica, ahí el fundamento para esta ley.