DECISIÓN. El fallo fue dado a conocer por el presidente del TCP, Ruddy Flores.
LA SENTENCIA SE CONOCIÓ AYER
Tribunal anula requisito judicial para el aborto
Tribunal anula requisito judicial para el aborto
El TCP exhortó al Legislativo a aprobar leyes que garanticen el ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres
Sucre/CORREO DEL SUR
El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) eliminó el requisito de la orden judicial para el aborto en casos de violación; y será suficiente que la mujer presente denuncia en la Fiscalía y con esa certificación acuda ante un médico quien con ese respaldo legal podrá practicar el aborto. La decisión fue observada por una asociación religiosa que ve vía libre al aborto, pese a que el fallo en otro punto mantiene el principio del respeto de la vida desde la concepción.
“Se elimina la autorización judicial lo cual comprende que no se requiere de una querella o imputación formal menos una sentencia que viabilice la práctica del aborto impune”, señaló ayer el presidente del TCP, Ruddy Flores, en conferencia de prensa.
La Asociación de Defensa de la Vida y la Familia (ADEVIFA) observó esta decisión del TCP porque mientras establece el principio del respeto de la vida, facilita el trámite para la práctica del aborto en casos de escepción, en cumplimiento de las recomendaciones de la ONU, denunció ayer su presidenta, Roxana González.
“Si hay retardación de justicia (en los requisitos para el aborto) no es culpa de la víctima, un bebé producto de una violación no es el culpable de esa situación; tienen derecho a vivir, al que se debe juzgar es al violador, no al niño que es inocente”, sentenció González.
La sentencia fue conocida oficialmente ayer, un día después que el magistrado Gualberto Cusi adelantara algunos elementos del fallo que declara inconstitucionales varios artículos del Código Penal y constitucionales otros sin dar curso a la despenalización del aborto.
Flores admitió que hubo posiciones extremas entre los magistrados; unos que planteaban la despenalización del aborto y otros no generar ningún elemento que fuera a modificar el ordenamiento jurídico vigente.
El Presidente explicó que desde ayer, el único requisito para practicarse el aborto en casos de comisión de delitos será la presentación de la denuncia ante la Fiscalía y acudir a un centro público o privado de salud; la víctima no necesita identificar a los autores, probar o imputar al responsable de la violación.
Tampoco se considerará como un aborto ilegal las prácticas de los médicos cuando han cumplido con los requisitos de poner en conocimiento que el aborto está siendo practicado tras un hecho delictivo.
El TCP exhortó a la Asamblea Legislativa desarrollar normas que garanticen el ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos establecidos en la Constitución Política del Estado que coadyuven a resolver los abortos clandestinos.
Asimismo, insta al Órgano Ejecutivo a priorizar y ejecutar políticas públicas destinadas a la difusión, protección y atención de los derechos sexuales y reproductivos de la mujer.
Frase
Un bebé producto de una violación no es culpable de la demora de la justicia, tiene derecho a vivir"
Roxana González / PRESIDENTA ADEVIFA
La demanda
La diputada Patricia Mancilla demandó la despenalización del aborto en marzo de 2012; la sentencia recién se conoció ayer, después de un largo debate entre los magistrados.
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