Jueves, 20 de marzo de 2014
 

MILITANCIA. El actual procurador fue diputado del MAS en representación de La Paz.
MILITANCIA. El actual procurador fue diputado del MAS en representación de La Paz.

OPOSICIÓN CUESTIONA SU MILITANCIA EN EL MAS

Observan la filiación de nuevo Procurador

Observan la filiación de nuevo Procurador



El ex diputado Héctor Arce justifica que es un cargo de confianza del Primer Mandatario

La Paz/ANF

La bancada de oposición en la Cámara de Diputados observó la filiación política del nuevo Procurador General del Estado, Héctor Arce, a quien identifican como un militante del MAS.
"Observamos que el ex diputado tiene militancia política en el MAS, por lo tanto no puede ser Procurador General porque estaría violando lo establecido en la Constitución, que indica que para acceder a este cargo no debe pertenecer a ninguna organización política", manifestó el jefe de bancada de PPB-CN, Alex Orozco, quien anunció una petición de informe escrito al Tribunal Supremo Electoral (TSE) y a la Contraloría para verificar si la designación del ex diputado cumple lo establecido en la Constitución Política del Estado (CPE).
El legislador alude al artículo 230 de la CPE, que establece que el Procurador será designado por el Presidente del Estado en el marco de los requisitos exigidos para la Magistratura del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), entre las que se encuentran, según interpretó Orozco, que las "magistradas y magistrados no podrán pertenecer a organizaciones políticas". Tal disposición está escrita en el parágrafo IV del artículo 182 de la CPE.
Al respecto el procurador posesionado el martes, Héctor Arce, respondió que su designación no viola lo establecido en la CPE, puesto que sólo se debe tomar en cuenta los requisitos establecidos en el parágrafo VI del artículo 182 de la CPE, y en la que no se contempla la filiación política.
"El cargo de Procurador es un cargo de nombramiento del presidente y también puede ser incluso removido por el Presidente de un Estado, en todas partes de Latinoamérica es un cargo que tiene que tener la confianza del Presidente porque es el abogado del Estado (…), lamento esas interpretaciones erróneas y forzadas", justificó Arce.
El parágrafo VI del artículo 182 de la CPE establece los siguientes requisitos: haber cumplido treinta años de edad, poseer título de abogado, haber desempeñado, con honestidad y ética, funciones judiciales, profesión de abogado o cátedra universitaria durante ocho años y no contar con sanción de destitución del Consejo de la Magistratura.

La CPE

El artículo 182 numeral IV de la Constitución Política del Estado, referido al Tribunal Supremo de Justicia dicta que: "Las magistradas y magistrados no podrán pertenecer a organizaciones políticas".