SENTENCIA. Tres magistrados del Tribunal Constitucional dieron a conocer el fallo que constiotucionaliza el seguro de vida para los periodistas.
PARA SU APLICACIÓN EL LEGISLATIVO DEBE INCORPORAR AL GOBIERNO EN EL FINANCIAMIENTO DEL SEGURO
Ley del seguro vuelve a Asamblea
Ley del seguro vuelve a Asamblea
Declaran inconstitucionales porcentajes de aporte y la exclusión del Estado
Sucre/CORREO DEL SUR
El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) declaró constitucional la ley del Seguro de Vida para Periodistas, pero no los artículos referidos a los porcentajes de aporte del 1% y el 0.25% de los ingresos brutos mensuales de los medios de comunicación. En ese sentido, exhortó a la Asamblea Legislativa a adecuar la ley en tres meses, incorporando al Estado en el fondo de financiamiento del seguro y disponiendo que los aportes sean proporcionales a los ingresos reales.
La Ley del Seguro Privado de Vida e Invalidez para las trabajadoras y los trabajadores de la prensa fue promulgada en diciembre de 2012, estableciendo la creación de un fondo de financiamiento para su aplicación, con el 1% de los ingresos brutos generados por los medios de comunicación, sean privados o públicos.
En febrero del año pasado, la Ley fue impugnada de inconstitucional por el diputado opositor Carlos Subirana alegando que algunos artículos de esta normativa pretendían confiscar y obligar a los medios de comunicación a aportar para sostener el seguro con el 1% y 0.25% de sus ingresos brutos.
Después de más de un año, el TCP se pronunció ayer declarando constitucional la Ley, pero su aplicación quedó en suspenso hasta que el Legislativo, en tres meses, incorpore la participación del Estado en el fondo de financiamiento del Seguro y la participación igualitaria de los medios de comunicación y del Gobierno en el Consejo que administrará los recursos. Además, exigen al Legislativo redefinir la naturaleza del Seguro privado creado por la Ley 315 al ser considerado como un seguro mixto.
Los magistrados Soraide Chanez, Ligia Velásquez y Gualberto Cusi, en conferencia de prensa, admitieron la complejidad de este fallo, que llevó dos sorteos de magistrado relator y salió con la disidencia de los magistrados Ruddy Flores, Neldy Andrade y Mirtha Camacho.
“Se exhorta a la ALP a que en el plazo de tres meses incorpore en la ley 315 la participación del Estado en el fondo de financiamiento creado por dicha ley y se establezcan los montos y porcentajes de aportes que deben ser proporcionales a los ingresos reales y efectivos de los medios de comunicación, así como de los productores autogestionarios…”, señaló la magistrada Chanez.
Por su parte, la magistrada Ligia Velásquez admitió que la sentencia favorece sobre todo a los periodistas que no tienen relación de dependencia con sus empleadores, porque el seguro cubrirá los riesgos de vida y de salud en un 100%; en cambio para los dependientes, solamente cubre los riesgos de vida en el ejercicio de sus funciones, porque los beneficios del seguro de salud están cubiertos con la ley 065.
Antecedente
La Ley 315 establecía el financiamiento del Seguro con el aporte del 1% de los ingresos de los medios de comunicación; el Gobierno no aportaba pero era parte del Directorio que administraba.
Frase
Se exhorta a la ALP la adecuar la ley estableciendo los montos y porcentajes de aporte del Gobierno para este Seguro".
Soraide Chanez / MAGISTRADA DEL TCP
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