EDITORIAL
Otra norma inconstitucional
Otra norma inconstitucional
A estas alturas de la gestión gubernamental, bien harían las autoridades en evaluar su actuación en la labor de crear el marco jurídico adecuado a la nueva CPE
La Sentencia Constitucional que declara inconstitucionales artículos fundamentales de la Ley Nº 315 de Seguro Privado de Vida e Invalidez Permanente por Accidentes, Enfermedades en General u Otras Causas, para las Trabajadoras y los Trabajadores de la Prensa de Bolivia “Hermanos Peñasco Layme”, es una muestra más del poco rigor jurídico con el que las autoridades de gobierno están elaborando la legislación emergente de la nueva Constitución Política del Estado. Además, también muestra que la soberbia y el odio siempre son malos consejeros
De nada valieron las sugerencias y solicitudes que se hizo ante varias autoridades del gobierno y la Asamblea Legislativa sobre la inconstitucionalidad de la norma, de su inviabilidad y de los peligros que acarrearía su aplicación, porque era una propuesta que más parecía que buscaba afectar a las empresas periodísticas que beneficiar a los trabajadores de los medios de comunicación. Más aún si en varias empresas, motu proprio, los funcionarios contaban ya con un seguro de vida y accidentes (que lamentablemente fue suspendido ante la draconiana norma en ciernes), se aceptó la sugerencia de legalizar esa decisión, obviamente si se adecuaba al ordenamiento constitucional.
Sin embargo la tozudez de los responsables de impulsar la iniciativa hizo sordos oídos a toda propuesta y lo hicieron, como ya es rutina, utilizando el insulto y la agresión, con el apoyo de una desprestigiada dirigencia del sector de La Paz, y ejerciendo una sistemática campaña de amedrentamiento. Esta cerrazón a la racionalidad hizo que además de las críticas jurídicas y económicas al proyecto, surgieran también dudas sobre la idoneidad para administrar el seguro, teniendo como antecedentes los diversos mecanismos que están utilizando para exaccionar recursos a las empresas periodísticas. Ello, porque de acuerdo a la norma impugnada estos serían administrados por representantes del gobierno y de los trabajadores, dejando un espacio simbólico a quienes los aportarían.
En ese contexto, una vez más el gobierno, por intereses sectarios, se ve obligado a dar pasos para atrás cuando, si primaria una actitud de diálogo y respeto, se podrían alcanzar objetivos de servicio al bien común en condiciones óptimas. Hay tanto que hacer en todos los campos de actividad en el país que crear barreras que provocan distancias no sólo es un error sino un crimen en contra de la racionalidad, la institucionalización y la gente.
A estas alturas de la gestión gubernamental, bien harían las autoridades en evaluar su actuación en la labor de crear el marco jurídico adecuado a la nueva CPE. Son varias las leyes y sus reglamentos que han sido cuestionados por el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) pese a que varios de sus miembros sufren groseras presiones de parte de autoridades de los otros órganos de poder. Es que, como los magistrados que ostentan cierto grado de independencia afirman, definidamente las propuestas están mal hechas, pues estarían concebidas y elaboradas en función de intereses de corto plazo del régimen.
Es decir, si el gobierno no comprende que sus propuestas de ley deben adecuarse a la CPE, no deberá sorprenderse que muchos de los artículos fundamentales de los proyectos de ley que promulga seguirán siendo declarados inconstitucionales.
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