PERDONAZO. Más privados de libertad pueden acogerse al indulto. En la foto, la jueza Morales.
COMO REQUISITOS, LOS PRIVADOS DE LIBERTAD DEBEN TENER SENTENCIA DE 8 AÑOS Y NO SER REINCIDENTES
Indulto podría llegar a más reos
Indulto podría llegar a más reos
En nueve meses de la vigencia del decreto presidencial, seis personas fueron indultadas
Henry A. Aira Gutiérrez
Una resolución viceministerial abre la puerta para que más privados de libertad y detenidos preventivos se acojan al indulto y amnistía. En Chuquisaca, a nueve meses de la implementación del perdonazo, se beneficiaron sólo seis personas entre ellos un súbdito peruano, todos con sentencia por tráfico de sustancias controladas.
La jueza de Ejecución Penal, Vidalia Morales, informó que los ministerios de Gobierno y Justicia emitieron una resolución viceministerial que simplifica los trámites para que más internos se beneficien del indulto, así como detenidos preventivos con la amnistía.
El requisito que ahora deben cumplir los privados de libertad es tener una sentencia menor o igual a ocho años y no ser reincidentes. En este documento también se abre la posibilidad para que los detenidos preventivos se acojan al beneficio de la amnistía, no importa que estén en proceso y si tienen la previsibilidad de que la sentencia será menor o igual a ocho años, podrán comenzar su trámite y acogerse al perdonazo.
Antes los requisitos eran presentar varios documentos que retrasaban los trámites como certificados de buena conducta, certificados médicos, informes psicosocial, entre otros; ahora sólo se debe de acreditar la sentencia.
Con esta medida, se pretende que más internos en el penal San Roque presenten sus carpetas a la Dirección de Régimen Penitenciario para que haga la valoración necesaria, la envíe a La Paz en revisión y, finalmente, las aceptadas sean homologadas por la jueza de Ejecución en lo Penal de la Capital.
Los que no podrán beneficiarse con el indulto y la amnistía son los reos procesados por delitos de asesinato, violación, traición a la patria, espionaje, parricidio, secuestro, trata y tráfico de personas, terrorismo, separatismo, extorsión, corrupción y narcotráfico.
De igual manera quedan excluidos de este beneficio los detenidos reincidentes.
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