Martes, 12 de agosto de 2014
 

EDITORIAL

Juicio a magistrados

Juicio a magistrados



Descabezar el TCP es una arriesgada movida que puede generar funestas consecuencias para la ya deteriorada institucionalidad judicial

El juicio en contra de dos magistradas del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), al que probablemente se sumará a un tercero, por una decisión asumida por esas autoridades en el marco de sus atribuciones sobre la Ley del Notariado que con sumo interés promovió la Procuraduría General del Estado proseguirá en los próximos días de acuerdo a informaciones proveniente de la Cámara de Senadores.
En uso de sus atribuciones, los incoados admitieron una demanda de inconstitucionalidad de dicha ley y procedieron a paralizar su aplicación, poniendo en vigencia la ley del rubro reformada para evitar vacíos legales. Esta resolución provocó la ira militante de sus impulsores y los diputados del oficialismo, en base a la atribución constitucional que tienen de acusar ante la Cámara de Senadores a los miembros del TCP “por delitos cometidos en el ejercicio de sus funciones” procedieron a instaurar el juicio de responsabilidades en contra de las magistradas mencionadas. Una vez acusadas formalmente gracias a su amplia mayoría, en la Cámara de Senadores comenzará la etapa de acusar “en única instancia” a las mencionadas magistradas y está descontando que la sentencia sea aprobada por dos tercios “de los miembros presentes, de acuerdo con la ley” como establece la Constitución Política del Estado (CPE).
Pero, como también la Constitución establece que las “decisiones y sentencia del Tribunal Constitucional Plurinacional son de carácter vinculante y de cumplimiento obligatorio, y contra ellas no cabe recurso ordinario ulterior alguno” (Art. 203), hay coincidencia en que se trata de un asunto demasiado complejo, sobre el cual hay profundas divergencias. Para unos, se trata de un procedimiento ilegal que sólo busca que se imponga, a como dé lugar, una norma aprobada por el Ejecutivo que establece controles a la ciudadanía, como sería la Ley del Notariado elaborada por el Órgano Ejecutivo. Para otros, se buscaría sentar precedente para que los magistrados del TCP actúen conforme a ley. Una tercera, sostiene que de lo que se trata es advertir que autoridad que no acata lo que dispone el Órgano Ejecutivo corre el peligro de un juicio y sanción penal.
Cualquiera sea, empero, el interés en este proceso, no hay un mecanismo de procesamiento que permita que las acusadas gocen de un debido proceso en el que puedan tener legítima defensa, contexto que exige convocar, desde la sociedad, a que se proceda con la debida cautela.
Descabezar el TCP es una arriesgada movida que puede generar funestas consecuencias para la ya deteriorada institucionalidad judicial y dar paso, de esa manera, al reino del arbitrio, que, por lo demás, ya es muy difícil limitar en estos tiempos en el que con mucha facilidad se confunde la voluntad de los poderosos con el del bien común, dejando cada vez más indefensa a la ciudadanía frente a un Estado omnívoro.
Por ello, bien se haría en revisar esta drástica medida que aunque puede satisfacer intereses sectarios, pone en riesgo el ejercicio responsable de una actividad como la del Notariado, que es parte de la pacífica convivencia social.