CREE QUE LA POSICIÓN DEL TSE ES CONTRADICTORIA
Condori: Todos los partidos inducen al voto en campaña
Condori: Todos los partidos inducen al voto en campaña
"Sí, hay una doble interpretación. Acaso el Doria Medina no está diciendo candidato vote para nosotros somo la alternativa, el Del Granado no está diciendo voten para nosotros somos alternativa o el Tuto". Así respondió ayer el ejecutivo de la Confederación Síndical Única de Trabajadores Campesinos de Bolivia (CSUTCB), Damián Condori, al ser consultado sobre las declaraciones de los vocales del Tribunal Supremo Electoral quienes advirtieron que inducir al voto por un determinado candidato es un delito.
"No ha generado polémica, sino nerviosismo, deseperación", acotó Condori tras la ola de críticas que se generaron en los últimos días a su revelación de que la CSUTCB controlará el "voto en línea" de todos sus afiliados. Incluso, el Movimiento Sin Miedo y Unidad Demócrata anunciaron demandas al respecto.
Sin embargo, de acuerdo con la interpretación de Condori, la CSUTCB, a partir de su estatuto orgánico, y la propia Ley de Régimen Electoral, en su acápite "Garantías para una Democracia Comunitaria", garantizan el respeto a las decisiones democráticas internas de esta organización.
De otro modo, si no estaría permitida la campaña electoral y en ésta pedir el voto de la ciudadanía, señala Condori, el Tribunal Supremo Electoral (TSE) debía administrar un proceso como el de la elección de autoridades judiciales.
"Es contradictorio cuando el TSE dice que no puede inducir (al voto), entonces que hacemos repartiendo panfletos, banderas", señaló.
El martes, Condori reveló que un ampliado de la CSUTCB determinó que los afiliados no deben optar por el voto cruzado. De ocurrir, la sanción se cumpliría con trabajos comunales en cada región.
Durante la jornada de ayer, varios actores políticos continuaron manifestándose de manera crítica a las aseverciones de Condori.
Art. 238 Ley 026
Todo servidor público servidor público electoral, policial, militar o persona particular que coaccione, atemorice o ejerza violencia en contra de subalternos de su dependencia o de cualquier ciudadano, para que se afilien a determinada organización política o voten por determinada candidatura en un proceso electoral u opción en un referendo o revocatoria de mandato, será sancionada o sancionado con pena privativa de libertad de uno a tres años.
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