PAREMIOLOCOGI@
Más allá del voto…
Más allá del voto…
Arturo Yáñez Cortes.- Fuera difícil sostener que el voto (al menos ese secreto, universal, igual, INDIVIDUAL y sobre todo LIBRE al que se refiere la Constitución) es la mayor expresión de la democracia, aunque, pensar que es la única fuera muy pero muy limitativo, ingenuo y hasta burdo. No obstante, así como está el arte del proceso electoral boliviano, pareciera que el voto será la única concesión o favor que –incluso sin respetar lo individual y menos lo libre- quienes hoy se aferran al poder con uñas y dientes, nos harán a l@s cada vez menos ciudadan@s -en ejercicio- en las elecciones que se avecinan, con la vergonzosa complicidad del “Tribunal” electoral y demás vasallos (persona que reconoce a otro por superior o depende de él, según el mataburros).
El tema me surge no sólo a partir de la campaña que soportamos –con descarado abuso de poder por un lado, egolatrías por otro y así sucesivamente una colección de dislates de todos los colores– sino esencialmente de los espectaculares escritos del padre del garantismo, el italiano Luigi FERRAJOLI (les recomiendo, su genial obra “DEMOCRACIA Y GARANTISMO”) en el que plantea que las democracias deben evolucionar de aquellas simplemente plebiscitarias, hacia unas de corte constitucional.
La democracia plebiscitaria o mayoritaria, está caracterizada por la omnipotencia de “las mayorías” a través de la descalificación de las reglas y límites impuestos por la propia Constitución y las leyes al ejercicio del poder, especialmente al ejecutivo; la eliminación de la división de poderes y la abdicación de las funciones de control y garantía de aquel órgano por parte de la magistratura y el parlamento, todo ello basado en la idea que la fuerza de aquella mayoría, legitima cualquier abuso. Me refiero entonces, al sistemático derrumbe del sistema de mediaciones, límites, contrapesos y controles que hacen la substancia –no la cáscara– de su extremo opuesto, la democracia constitucional.
La peor expresión de la plebiscitaria constituye el hiper presidencialismo, basado en la simplista idea de la encarnación de la voluntad de aquella mayoría en la persona y voluntad de su jefazo; es decir el gobierno de los hombres en lugar del gobierno de las leyes.
En sentido opuesto a aquél bodrio de la democracia plebiscitaria, está la democracia constitucional como nuevo paradigma del papel de la ciencia del derecho especialmente, basada entre otras, en aquella vieja postura de PLATON: “la idea de la democracia implica ausencia de jefes” (jefazos diríamos según la nomenclatura plurinacional) que huye de aquél rudimentario entendimiento de la democracia como la ciega aplicación de la voluntad de los vencedores de las elecciones por encima de todos los límites legales y el elemental respeto de las minorías, propugnando efectivizar –no en el papel sino en la realidad– límites al ejercicio de todo poder (sea político, económico, social o de cualquier tipo). Así, se concibe a la democracia como un sistema frágil y complejo de separación y equilibrio entre poderes, con límites no sólo de forma sino sobre todo substancia a su ejercicio, con garantías a los derechos fundamentales de tod@s y con mecanismos efectivos de control y reparación contra sus violaciones, sin que la mayoría y sus sirvientes puedan violar impunemente los derechos fundamentales. Para ponerlo en fácil, se trataría de la efectiva aplicación de la Constitución que está en el papel, pues como ya lo declaró la vieja Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789: Toda sociedad en la que no están aseguradas la garantía de los derechos ni la separación de los poderes, no tiene Constitución”. ¿Nosotr@s la tenemos?…
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