Miércoles, 22 de octubre de 2014
 

EDITORIAL

Justicia: menos poder al ciudadano

Justicia: menos poder al ciudadano



A través de soluciones que apunten verdaderamente a los problemas de fondo, se podría evitar restar transparencia y participación a la justicia

No es para nadie desconocido que uno de los problemas de los que adolece el sistema boliviano de justicia es la retardación, que puede ser causada por hechos irregulares perpetrados por sus administradores, pero también por procedimientos engorrosos y ritualistas que le restan agilidad y presteza.
Es por ello muy oportuna la creación del proyecto de ley 334 de “Descongestionamiento y Efectivización del Sistema Procesal Penal”, destinada a eliminar trámites innecesarios, pero también a limitar las posibilidades de presentación de incidentes y recusaciones, recurso al que muchos juristas suelen recurrir de manera permanente e ilimitada buscando, precisamente, la dilatación indefinida de los procesos judiciales.
No obstante, dentro del proyecto de ley que se comenta, se ha propuesto la eliminación de los jueces ciudadanos como una medida más destinada a acelerar la resolución de los procesos judiciales en materia penal.
Recuérdese que la incorporación de la figura del juez ciudadano en Bolivia es relativamente reciente, puesto que se da a partir de la vigencia del Código de Procedimiento Penal promulgado mediante la Ley 1970 del 25 de marzo de 1999.
Es a partir de la incorporación de esta figura que se pretendió democratizar la justicia, evitando que el poder de la decisión punitiva recaiga únicamente en un juez, y transparentando los procesos judiciales sobre la base de la participación de las personas en ellos.
Adicionalmente, debe apuntarse que muchos de los sistemas judiciales más eficientes del mundo contemplan la participación de jurados ciudadanos que otorgan mayor confianza de la población en los sistemas de justicia, y una mayor legitimidad a las decisiones de los jueces.
Bien harían nuestras autoridades en reflexionar muy profundamente los cambios que se pretende aprobar en el Código de Procedimiento Penal, puesto que buscando reducir la retardación de justicia y garantizar una justicia pronta, oportuna y eficaz, podría correrse el riesgo de restar transparencia al proceso judicial y reconcentrar el poder de decisión en los operadores de justicia, que no son exactamente actores que gocen de la mayor confianza de la ciudadanía.
No sería la primera vez que nos encontramos ante un escenario en que la urgencia por resolver un grave problema nos plantea la posibilidad de que la poca reflexión y las soluciones fáciles nos conduzcan a generar nuevos y mayores inconvenientes, que cuando se trata de administración de justicia se traducen en inocentes condenados, extorsión y abuso.
De ser los jueces ciudadanos un factor de retardación de justicia, antes que eliminarlos cabría la posibilidad de realizar un análisis exhaustivo de las razones por las que su presencia dilata los procesos penales y, sobre la base de dicho análisis, plantear soluciones alternativas que no implique su eliminación, sino la supresión de dichos elementos.
A través de la búsqueda de soluciones más complejas, que se sustenten en el descubrimiento de los problemas de fondo, se podría evitar restar transparencia y participación a la justicia, a la vez que se consigue eliminar la retardación.