Sábado, 15 de noviembre de 2014
 

EDITORIAL

Entre la norma y el servilismo

Entre la norma y el servilismo



Estamos ante otra muestra de la crisis de institucionalidad por la que atraviesa el país, lo que obliga a todos a recuperar el sentido de los límites

Probablemente como consecuencia de un rapto de mal humor, el Presidente del Estado ha advertido a los asambleístas departamentales que se les descontará hasta el 50 por ciento de su salario mensual si no asisten a los homenajes cívicos y que ha dado una orden a su Ministro de Economía para que proceda en consecuencia.
Más allá del concepto que se pueda tener sobre este tipo de actos y de la forma en que se los llena de gente, lo cierto es que el Presidente del Estado, al instruir una sanción como la que se comenta, viola la Constitución Política del Estado que establece las atribuciones presidenciales, así como el régimen autonómico vigente. Además, como bien recordó un asambleísta cochabambino, la inasistencia a esos actos ya es sancionada porque dicha sanción está contenida en su reglamento de funcionamiento.
En este sentido, bien haría el Presidente, por un lado, en asesorarse debidamente sobre lo que puede o no puede disponer dentro del marco legal vigente. De hecho, no puede interferir en ninguno de los otros órganos del Estado ni en el nivel regional y municipal en forma indiscriminada. De acuerdo a la agencia gubernamental de noticias, el Primer Mandatario habría dicho que conversó “con el Ministro de Economía no me cumplen va a ser el 100 por ciento del sueldo del mes como una sanción (...) porque nuestra obligación es rendir honores”.
Por el otro, sí puede adoptar ese tipo de sanciones como jefe político e instruir a sus conmilitones que a los representantes que sean elegidos por medio del voto popular se les exija pagar una multa por no asistir a actos cívicos. Pero, eso, dentro de los límites de su partido y nada más. Para generalizar su propuesta debe instruir que se tramite una ley a ser aprobada en las instancias estatales que la Constitución Política del Estado y la Ley de Autonomías consagran como las que tienen esa concreta atribución.
Si ya es preocupante que el Presidente considere que puede ejecutar actos administrativos en otros poderes y niveles del Estado boliviano, más aún lo es la reacción de un asambleísta del MAS al afirmar muy suelto de cuerpo que se tiene que acatar esa instrucción porque “las decisiones políticas están por encima del reglamento”.
En este hecho anecdótico –que puede equipararse a algunas otras emitidas en específicas circunstancias– se puede observar la crisis de institucionalidad por la que atraviesa el país y los esfuerzos que debemos hacer gobernantes y gobernados para reponer o reconstruir el aparato estatal conforme dispone la nueva CPE. Mientras ello no se concrete, el peligro de que el arbitrio se imponga es constante, avalado, además, por la actitud servil de quienes saben que gozan de una porción de poder gracias exclusivamente a la voluntad presidencial.
Por eso, hay que insistir en que la norma legalmente aprobada se debe imponer a los deseos políticos y que condición indispensable para ello es que ningún funcionario eluda sus responsabilidades arguyendo la existencia de “órdenes superiores”.