Lunes, 1 de diciembre de 2014
 

AUTORIDAD. Germán Gutiérrez no está de acuerdo con las observaciones del TCP.
AUTORIDAD. Germán Gutiérrez no está de acuerdo con las observaciones del TCP.

EL PRESIDENTE DEL CONCEJO DE SUCRE CREE QUE HAY DESCONOCIMIENTO

"El 90% de observaciones a la Carta son de forma"

"El 90% de observaciones a la Carta son de forma"



Germán Gutiérrez sostiene que el TCP exageró con sus apreciaciones subjetivas

CORREO DEL SUR

Para el presidente del Concejo Municipal de Sucre, Germán Gutiérrez, el 90% de las observaciones del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) a la Carta Orgánica son de forma y no de fondo.
Considera que con sus observaciones se “ha ofendido el trabajo de la ciudadanía” que elaboró este documento, porque hay desconocimiento de la legislación municipal y administrativa.
En una entrevista recordó que el trabajo de control del TCP consiste en ajustar la Carta Orgánica a la Constitución Política del Estado (CPE) por lo que no se pueden inventar otra cosa.
Por ejemplo, en la Carta Orgánica se dice que Sucre es la base de la civilización quechua sobre la base de estudios de investigación y análisis, pero el TCP les dice que afirmaciones de orden histórico no pueden ser utilizadas.
“A qué norma constitucional contraviene, no tiene una base legal; por lo tanto, el TCP se ha excedido. No le corresponde. No es su tarea”, manifestó. “Para nosotros es preocupante estas afirmaciones de orden subjetivo”, apuntó.
En otro ejemplo, citó que les dicen que no deben utilizar la palabra fundamental en la Carta Orgánica sino básica; cuando se recurre al diccionario la palabra básica es lo mismo que fundamental.
Asimismo, contó que el TCP les pide que retiren el título referido a derechos y mantiene todo lo referido a deberes y garantías, cuando por principio los tres deberían estar juntos.


VICEALCALDE
A Gutiérrez le preocupa que los asesores del TCP estén manejando con tantas contradicciones las cartas orgánicas. Otro ejemplo de ello es la anulación de la figura del vicealcalde, cuando admiten la figura de vicegobernador en el Estatuto Autonómico de Pando. Explicó que ambas figuras son parte de un mismo principio de gobierno.
Empero, lo que le llama mucho más la atención es que en una parte se anula la figura del vicealcalde, pero se mantiene en la que corresponde a la estructura en la Carta Orgánica.
Como están las cosas, el Presidente del Concejo de Sucre cree que el TCP “se ha excedido en temas muy formales y con desconocimiento del derecho municipal”.


SUPRIMEN ORDENANZAS
En la Carta Orgánica de Sucre se sugiere mantener la figura de ordenanzas, pero el TCP decidió anularlas por considerar que la legislación municipal se puede hacer en base a leyes y resoluciones.
Gutiérrez explicó que no tiene asidero retirar las ordenanzas cuando éstas son utilizadas para normar cosas muy pequeñas y temporales como una feria, por ejemplo.
Con la anulación de las ordenanzas, se tendrán que aprobar leyes unas muy importantes y otras dedicadas a cosas muy pequeñas que les harán perder su fuerza.
Así las cosas, dijo que pedirán una enmienda de complementación para que se aclaren sus observaciones, porque el TCP está “operando de una forma pavorosa”.


ORIGINARIO CAMPESINO
En la inclusión de lo indígena campesino en la Carta Orgánica de Sucre, remarcó que el TCP decidió eliminar todo lo referido a lo originario campesino, cuando “nos han jodido un año y cinco meses para que les pongamos en la Carta y ahora nos dicen que suprimamos todo”.
Dijo que la corrección de observaciones se realizará en un plazo máximo de 15 días, para después devolver al TCP para su aprobación, no sin antes pedir una explicación, reiteró.


GESTIÓN
Finalmente, manifestó su extrañeza porque el TCP decidió eliminar la figura de gestión asignado a los concejales, cuando en realidad es una de sus funciones básica. Lo mismo hace con el Alcalde cuando dejan fuera de la Carta Orgánica la labor de gestión. “Eso no está en la Constitución, pero eso es la esencia del concejal”, recalcó.

Complementación

El Concejo Municipal pedirá una enmienda de complementación al Tribunal Constitucional para recibir una explicación ampliada de las observaciones a la Carta Orgánica.