Lunes, 15 de diciembre de 2014
 
Los legisladores, ahora juzgadores

Los legisladores, ahora juzgadores

Mario Linares L..- Los ciudadanos y con ellos los que algo sabemos de leyes, estamos viendo azorados estos días los hechos y acciones del Parlamento (hoy Asamblea Plurinacional ) sobre el juicio a tres magistrados del Tribunal Constitucional Plurinacional, entre ellos el magistrado Gualberto Cusi.
Es lo mismo o quizá peor de lo que veíamos en otros tiempos de los gobiernos neoliberales: el atropello, la falta absoluta de respeto a los DD.HH., el abuso y la prepotencia de estos “mandatarios” del pueblo que fueron elegidos para legislar y ahora han pasado a ser juzgadores. Los legisladores, ahora juzgadores, “no paran mientes” en apurar el juicio a los tres magistrados porque esa es la orden, sancionar o sancionar en esta legislatura (declaraciones del Vicepresidente, martes 25 de noviembre). Con este propósito fue modificada apresuradamente la ley 044, por supuesto, mal elaborada como muchas de las que se han aprobado apresurada y deliberadamente en estos últimos años, CON EL GRAVÍSIMO ERROR DE PENSAR QUE LAS LEYES PUEDEN CAMBIAR LA REALIDAD… Si esta ley 044 hubiera sido buena , por supuesto que no hubiera necesitado esta modificación , esta visto que a la hora de aplicarla quienes la aprobaron se dan cuenta que los legisladores no pueden ser juzgadores de materia penal, aún con la modificación que señala sus limites , estos siguen en una función judicial que no les corresponde, salvo el caso de leyes como la que tratamos típicamente colonialistas y hechas para mantener el poder “absoluto” de unos pocos sobre todos y, sin embargo, se habla hasta el cansancio del contenido descolonizador que es una de las características del mentado PROCESO DE CAMBIO. La Constitución Política del Estado Plurinacional hecha para el funcionamiento orgánico y estructural del Estado Hegemónico establece como atribución del Órgano Legislativo (Cámara de Senadores) Art.160-6 “ Juzgará en única instancia a los miembros del Tribunal Constitucional Plurinacional , del Tribunal Supremo, del Tribunal Agroambiental y del Control Administrativo de Justicia por delitos cometidos en el ejerció de sus funciones”…, Esta norma , sigue hecha para mantener el poder hegemónico del Órgano Político por encima del Órgano Técnico-judicial. Estas normas para el ejercicio del poder absoluto, únicamente pueden calificarse de inquisitoriales, así funcionaban los tribunales del periodo más obscuro y tenebroso de la historia: de la inquisición.
En este siglo XXI, en ninguna parte del mundo, cuando menos en los países democráticos, los legisladores son juzgadores NO DICTAN SENTENCIAS, menos de materia penal. Cuando mucho podrán tener atribución para llevar adelante un sumario y suspender de sus funciones a los altos funcionarios del órgano Judicial y del Ejecutivo, aún esta atribución está en entredicho, porque no fue la Asamblea Plurinacional la que designó o eligió a los magistrados, sino el pueblo por elección y mediante voto (otra de nuestras grandiosidades) y debería ser el pueblo que mediante referéndum suspenda de sus funciones, revoque el mandato. Entretanto lo que estamos viendo, no es sino, una sañuda acción Institucional y política de las Comisiones de Diputados y Senadores en contra de toda consideración humana y de respeto a los DD.HH. para sancionar a quien ha tenido la osadía de cuestionar ciertas decisiones y acciones políticas y, por supuesto, amedrentar a quienes se atrevan posteriormente a hacer lo mismo.