POR NO TENER DOS AÑOS DE RESIDENCIA EN SUS REGIONES
TSE inhabilita postulación de diputados y senadores
TSE inhabilita postulación de diputados y senadores
El Tribunal Supremo Electoral (TSE) emitió una circular a las organizaciones políticas donde instruye que no podrán ser candidatos a subgobernadores, corregidores, alcaldes y concejales quienes fueron diputados o senadores durante la gestión de 2010-2015 bajo el argumento de que no cumplirían el tiempo de residencia dispuesto en la Constitución Política del Estado. La ex diputada Rebeca Delgado, quien busca postular a la Alcaldía de Cochabamba, denunció que esta resolución vulnera los derechos políticos y que proviene directamente como instructivo del Gobierno nacional para favorecer a candidatos del Movimiento Al Socialismo (MAS).
"El Gobierno hace las leyes como quiere y ha ordenado al TSE dictar una circular que elimina las candidaturas regionales y dice que los asambleístas nacionales no vamos a poder ser candidatos desde subgobernadores corregidores, ejecutivos, alcaldesas o alcalde", expresó.
La resolución afectaría directamente a Delgado quien se postula a la alcaldía de Cochabamba mediante la alianza Unidos por Cochabamba (Unico). Sin embargo, la ex diputada asegura cumplir con la residencia permanente en Cochabamba y aclara que sólo por motivos de trabajo su residencia temporal es la Sede de Gobierno.
Asimismo, indicó que iniciará las acciones legales para revocar esta circular, además de un recurso constitucional y de movilizaciones en Cochabamba para revocar esta resolución.
Al menos cuatro asambleístas nacionales presentaron su renuncia durante esta semana con el objetivo de postularse a diferentes cargos para las elecciones subnacionales del 29 de marzo próximo. Rebeca Delgado, Germán Antelo, Eduardo Maldonado y Jorge Donny Chávez oficializaron sus renuncias.
La limitante no alcanza a los postulantes a Gobernador porque también estarían afectados los oficalistas José Luis Sejas en Potosí y el viceministro Víctor Hugo Vásquez en Oruro.
ARGUMENTO
El argumento del TSE se basa en los artículos 285 y 287 de la Constitución Política del Estado que señalan que para ser candidata o candidato a un cargo electivo de los órganos ejecutivos de gobiernos autónomos, concejos y asambleas de los gobiernos autónomos se requerirá cumplir la residencia de forma permanente al menos los dos años inmediatamente anteriores a la elección en el departamento, región o municipio o jurisdicción correspondiente. ANF
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