EDITORIAL
.Libertad de expresión y responsabilidad
.Libertad de expresión y responsabilidad
De lo que se trata es de garantizar la convivencia pacífica en las sociedades y, sobre todo, que haya límites al poder arbitrario como parte de la defensa de la ciudadanía
El asesinato de periodistas/caricaturistas del semanario francés Charlie Hebdo no sólo ha provocado una generalizada condena. También ha abierto una intensa polémica sobre los alcances de la libertad de expresión que, como el asesinato, ha sido aprovechado, en algunos casos sin ningún respeto, para la agresión innecesaria en un debate civilizado.
Disipado en algo el humo, conviene referirse a esa díada que atañe a todo ser humano pero, que, lo hace con más fuerza a quienes ejercemos el periodismo. Se trata de la íntima relación entre libertad de expresión y responsabilidad. En el debate mencionado, han aparecido posiciones radicales: nada ni nadie podría poner límites a esa libertad; otras, más bien, han puesto énfasis en que el límite a la libertad de expresión está dada por el derecho de los otros, hombres y mujeres.
También se ha tratado de utilizar este debate –y con mucha mala fe– para tratar de justificar o explicar el asesinato de los colegas franceses, en un franco ataque a los valores de la cultura de los derechos humanos que, particularmente, desde el fin de la segunda guerra mundial ha dado avances importantes aunque, sin duda, insuficientes.
El tema, pues, y como sucede desde hace mucho tiempo, se presta a intensos debates que serán útiles si se aclaran las respectivas posiciones sin máscaras de ninguna naturaleza, pero coincidiendo en el valor intrínseco del ser humano. Así, quienes ejercemos este oficio en el país sabemos que debemos pelear día a día por defender la libertad de expresión consagrada en la Constitución Política del Estado, a la que el poder institucionalizado, y también los poderes informales, tratan de violar porque están conscientes de que la buena información limita la arbitrariedad.
Pero, también sabemos que hay límites, los que están establecidos en la Ley de Imprenta (tan atacada y denostada, así sea que no se la conozca). De acuerdo con esta norma, se delinque “contra la Constitución en los escritos que se dirijan a trastornar, destruir o inducir a su inobservancia, en todo o en parte de sus disposiciones (aclarando que “No se comete delito cuando se manifiestan los defectos de la Constitución o de los actos legislativos, administrativos o judiciales, con el objeto de hacer conocer sus errores o la necesidad de su reforma, siempre que no contengan ofensas de otro género)”; se delinque contra “la sociedad, en los que comprometan la existencia o integridad de la Nación, o expongan a una guerra extranjera, o tiendan a trastornar la tranquilidad y orden público, o inciten o sostengan conmociones o desobediencia a las leyes o a las autoridades, o provoquen la perpetración de algún delito, o sean obscenos e inmorales”, y contra las “personas individuales o colectivas, en los impresos que las injurien directa o indirectamente, sean o no falsas las imputaciones injuriosas!”.
Es decir, de lo que se trata es de garantizar la convivencia pacífica en las sociedades y, sobre todo, que haya límites al poder arbitrario como parte de la defensa de la ciudadanía.
El debate debe continuar...
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