Sobre las cooperativas de ahorro y crédito
Gustavo Angelo Zabaleta.- La Ley General de Cooperativas define a una cooperativa como una asociación sin fines de lucro, de personas naturales y/o jurídicas que se asocian voluntariamente, constituyendo cooperativas, fundadas en el trabajo solidario y de cooperación, entendiéndose por ello que tienen un rol social que debe satisfacer las necesidades de sus socios. Por otro lado, la Constitución Política del Estado, en su artículo 310, reconoce y protege las cooperativas como formas de trabajo solidario y de cooperación, sin fines de lucro...