Crédito de vivienda social
Gustavo Angelo Zabaleta.- La nueva Ley de Servicios Financieros define a la vivienda de interés social como “aquella única vivienda sin fines comerciales destinada a los hogares de menores ingresos”. La descripción de este concepto es muy lacónica, referida a un nicho de mercado de familias de menores ingresos, cuyos ingresos están en torno al salario mínimo nacional, y se estima que los hogares interesados en recibir este beneficio tendrán que hipotecar aproximadamente el 30% de sus ingresos, para así poder pagar su obligación...